Espionaje chino en Cuba: la amenaza para la República Dominicana

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A las puertas de Quisqueya: las estaciones SIGINT cubanas de Bejucal y El Salao y las amenazas a la seguridad nacional de la República Dominicana

Abstracto: Desde diciembre de 2024, el Center for Strategic and International Studies (CSIS) ha documentado, mediante imágenes satelitales comerciales y análisis de fuentes abiertas, una red de al menos cuatro emplazamientos de inteligencia de señales (SIGINT) en Cuba, entre ellos Bejucal y El Salao, probablemente vinculados a los esfuerzos de recopilación de inteligencia de la República Popular China. Este ensayo sintetiza la evidencia desclasificada y de fuentes abiertas más reciente, incluidas las advertencias de altos funcionarios estadounidenses de 2025 y 2026, y evalúa las amenazas que esta arquitectura representa específicamente para la seguridad nacional de la República Dominicana. Se argumenta que, por su ubicación, sus capacidades de radiogoniometría de alta frecuencia y el contexto de penetración tecnológica china en el hemisferio, estas instalaciones plantean riesgos concretos para las comunicaciones estatales, el dominio marítimo y aéreo, la infraestructura de telecomunicaciones y la posición geoestratégica dominicana, con independencia de que el blanco declarado sea Estados Unidos. El análisis se ofrece con calibración de confianza explícita: el vínculo operativo directo de Beijing con estos sitios sigue siendo una evaluación probable, no un hecho probado públicamente.

Entiéndanse

La geografía rara vez es neutral en materia de seguridad. Durante más de seis décadas, la posición de Cuba (a menos de 150 kilómetros del territorio continental estadounidense y en el corazón del paso entre el Atlántico y el Caribe) la ha convertido en una plataforma privilegiada para la recopilación de inteligencia extranjera dirigida contra Estados Unidos y, por extensión, contra el conjunto del hemisferio (Funaiole et al. 2024). Lo que durante la Guerra Fría fue el complejo soviético de Lourdes hoy se manifiesta en una red modernizada de estaciones de inteligencia de señales que, según la evaluación predominante en Washington, apoyan los esfuerzos de la República Popular China (en adelante, RPC o China).

La literatura estadounidense sobre estas instalaciones se ha centrado, comprensiblemente, en la amenaza al territorio y a las fuerzas de Estados Unidos. Sin embargo, las capacidades técnicas de estos sitios, en particular las matrices de antenas de disposición circular (CDAA, por sus siglas en inglés) destinadas a la radiogoniometría de alta frecuencia, no respetan fronteras nacionales. Su alcance nominal, que diversas fuentes técnicas sitúan entre 3.000 y 8.000 millas náuticas, abarca holgadamente la totalidad del territorio, el espacio aéreo y las aproximaciones marítimas de la República Dominicana (Funaiole et al. 2024; Funaiole et al. 2025). La instalación de El Salao, situada en el extremo oriental de Cuba, es precisamente el punto de la isla más próximo a La Española.

Mi obra aquí persigue tres objetivos. Primero, sintetizar la evidencia de fuentes abiertas e inteligencia recientemente divulgada por la comunidad de inteligencia estadounidense sobre los sitios de Bejucal y El Salao. Segundo, traducir las capacidades técnicas observadas en vectores de amenaza concretos para la seguridad nacional dominicana, un análisis prácticamente ausente del debate público. Tercero, ofertar recomendaciones de política proporcionadas a los recursos y a la posición geoestratégica de un Estado caribeño de tamaño medio. A lo largo del texto mantengo una calibración de confianza explícita, distinguiendo entre lo observado, lo evaluado y lo inferido.

La arquitectura SIGINT cubana y la huella china

En junio de 2023, funcionarios de la administración Biden confirmaron informes de prensa según los cuales China tenía acceso a instalaciones de espionaje en Cuba, y filtraciones posteriores al Wall Street Journal elevaron a cuatro el número de instalaciones de interés, varias de ellas visitadas por técnicos chinos (Funaiole et al. 2024). En diciembre de 2024, el CSIS publicó la evaluación de fuentes abiertas más completa hasta la fecha: de cerca de una docena de emplazamientos cubanos examinados, cuatro presentaban instrumentación SIGINT observable, infraestructura de seguridad física y otras características indicativas de recopilación de inteligencia: Bejucal, El Salao, Wajay y Calabazar (Funaiole et al. 2024).

Bejucal

Situada en las colinas que dominan La Habana, Bejucal es la mayor estación SIGINT activa de Cuba examinada por el CSIS. El sitio adquirió notoriedad durante la Crisis de los Misiles de 1962, cuando albergó armas nucleares soviéticas, y durante décadas ha sido objeto de sospechas de vínculos con la inteligencia china, mencionadas en testimonios ante el Congreso estadounidense, documentos gubernamentales desclasificados y prensa en inglés y español (Funaiole et al. 2024). Las imágenes de marzo de 2024 revelaron entradas a instalaciones subterráneas construidas entre 2010 y 2019 (que fuentes de desertores cubanos asocian al cuartel de la brigada radioelectrónica de la inteligencia militar cubana) así como antenas parabólicas capaces de interceptar comunicaciones satelitales y, potencialmente, de recopilar datos sobre los lanzamientos espaciales estadounidenses desde Florida (Funaiole et al. 2024).

La evolución del sitio ha sido continua. En mayo de 2025, el CSIS documentó la construcción de una nueva CDAA que reemplazaba a una matriz anterior más pequeña (Funaiole et al. 2025). Para junio de 2026, esa matriz aparecía terminada y probablemente operativa: 32 antenas dispuestas en un anillo exterior de 19 y uno interior de 13, la mayor y más capaz observada por el CSIS en Cuba (Powers-Riggs et al. 2026). Según el propio CSIS, Bejucal es probablemente una de las tres instalaciones en Cuba que funcionarios estadounidenses han reconocido recientemente como operadas por China (Powers-Riggs et al. 2026; Diario Las Américas 2026).

El Salao

En el extremo opuesto de la isla, justo al este de Santiago de Cuba y a unos 110 kilómetros (cerca de 70 millas) de la Base Naval estadounidense de Guantánamo, se levanta El Salao, una CDAA cuya existencia no se había reportado hasta que el CSIS la reveló en 2024 (Funaiole et al. 2024; ICBrief 2026). Las obras comenzaron en 2021 y, para 2024, se habían completado el edificio de control central, los cimientos de un anillo interior de 16 antenas y las canalizaciones de servicios. Con un diámetro proyectado de entre 130 y 200 metros, la instalación, una vez operativa, sería capaz de vigilar a la Armada estadounidense y a sus socios en el Caribe e incluso en el Atlántico Sur (Funaiole et al. 2024).

No obstante, el ritmo de El Salao contrasta con el de Bejucal. En 2025 la construcción se había detenido casi por completo, con la vegetación reclamando el terreno nivelado, y las imágenes de mayo de 2026 mostraban pocos cambios sustantivos: sin antenas erigidas y sin indicios claros de operatividad (Funaiole et al. 2025; Powers-Riggs et al. 2026). Aun así, la reciente repavimentación de un camino de acceso reorientado hacia el centro de la matriz sugiere que el sitio no ha sido abandonado. El CSIS evalúa que, de completarse, El Salao complementaría a Bejucal extendiendo la cobertura sobre el sureste del Caribe y permitiendo a ambas instalaciones triangular señales provenientes de toda Centroamérica y la región del Atlántico occidental (Powers-Riggs et al. 2026).

Del legado soviético al abrazo chino

La presencia actual debe leerse a la luz de una continuidad histórica. Tras el cierre del complejo soviético de Lourdes en 2002, hoy reconvertido en la Universidad de Ciencias Informáticas, el vacío fue ocupado progresivamente por China (Funaiole et al. 2024). Desde 2000, según datos de AidData citados por el CSIS, China ha proporcionado a Cuba alrededor de 7.800 millones de dólares en financiamiento para el desarrollo, incluida la modernización del puerto de Santiago de Cuba, y los gigantes tecnológicos Huawei y ZTE —ambos vetados por Washington por riesgos de espionaje— constituyen hoy la columna vertebral de las telecomunicaciones cubanas (Funaiole et al. 2024). La profunda crisis económica cubana, la peor desde la caída de la Unión Soviética, ha estrechado aún más esta dependencia y ha abierto la puerta a la cooperación militar y de inteligencia.

La evidencia más reciente refuerza esta trayectoria. En mayo de 2026, el Wall Street Journal informó, citando a funcionarios familiarizados con evaluaciones de la inteligencia estadounidense, que China y Rusia habían ampliado sus operaciones en Cuba y triplicado aproximadamente el número de personal de inteligencia desde 2023 (Wall Street Journal 2026, según se reporta en Politicalwire 2026 y Cubaheadlines 2026). El secretario de Estado, Marco Rubio, acusó pública y repetidamente a Cuba en abril y junio de 2026 de albergar instalaciones de inteligencia chinas y rusas, advirtiendo que Washington no permitiría que ningún aparato militar o de inteligencia extranjero operara con impunidad a 90 millas de sus costas (Cibercuba 2026a; Cibercuba 2026b). En el mismo periodo, el director de la CIA, John Ratcliffe, viajó a La Habana, y la Ley de Autorización de la Defensa Nacional de diciembre de 2025 ordenó al Pentágono presentar al Congreso, antes de junio de 2026, un informe detallado sobre las capacidades de inteligencia china y rusa en Cuba (ICBrief 2026). Ya en 2024, la Evaluación Anual de Amenazas de la Oficina del Director de Inteligencia Nacional (ODNI) había incluido a Cuba entre los países donde China busca establecer instalaciones militares (ODNI 2024, citado en Funaiole et al. 2024).

Conviene, sin embargo, una nota de cautela analítica que el propio CSIS subraya: en el espacio no clasificado no existe una prueba irrefutable que demuestre el control operativo directo de China sobre estos sitios, y Beijing lo ha negado de manera categórica (Funaiole et al. 2025). La atribución china debe entenderse, por tanto, como una evaluación probable sostenida por la convergencia de testimonios, documentos, declaraciones oficiales y el patrón de inversión, no como un hecho confirmado.

Capacidades técnicas y geometría de la amenaza

Comprender la amenaza para la República Dominicana exige precisar qué hace (y qué no hace) una CDAA. Una matriz de disposición circular se emplea principalmente para la radiogoniometría de alta frecuencia (HFDF): la interceptación y geolocalización del origen de transmisiones de radio entrantes a lo largo de un amplio rango de frecuencias (Funaiole et al. 2024). A diferencia de las antenas parabólicas de Bejucal, orientadas a comunicaciones satelitales, una CDAA determina la dirección y el origen de emisiones en el espectro de alta frecuencia, una técnica que fue pilar del SIGINT durante la Guerra Fría y que, pese a la migración de las comunicaciones militares sensibles hacia la fibra óptica y el satélite, China ha considerado lo bastante valiosa como para replicarla en sus puestos militarizados de los arrecifes Mischief y Subi, en el mar de China Meridional (Funaiole et al. 2024; Fox News 2026).

El punto crítico para el análisis dominicano es distinto. La HFDF no necesita descifrar el contenido de una comunicación para extraer inteligencia de valor. Mediante el análisis de tráfico, es decir, de los metadatos externos de las emisiones: frecuencia, dirección, momento, duración y volumen, una CDAA puede revelar la ubicación y los movimientos de fuerzas militares, navales y aéreas, así como los patrones de actividad de una nación entera (Funaiole et al. 2024). Aunque las comunicaciones modernas estén cifradas, la mera geometría de quién transmite, desde dónde, hacia dónde y con qué cadencia compone un retrato detallado de la actividad operativa. Esta es la razón por la cual una instalación de bajo costo y baja tecnología relativa puede seguir siendo estratégicamente relevante.

A esta lógica técnica se superpone la geografía. El Salao se ubica aproximadamente a 20°00′ N, 75°44′ O, en el extremo oriental de Cuba, separado de La Española únicamente por el Paso de los Vientos y por el territorio de Haití. El territorio dominicano se encuentra a unos pocos cientos de kilómetros al este (del orden de 500 a 650 kilómetros desde Santiago de Cuba hasta Santo Domingo, y menos aún hasta la frontera occidental dominicana), una distancia trivial frente al alcance nominal multimilenario de una matriz HFDF. En términos prácticos, la totalidad de la República Dominicana se sitúa cómodamente dentro de la envolvente de detección de El Salao y, en menor grado por su orientación, de Bejucal (evaluación del autor a partir de Funaiole et al. 2024 y Powers-Riggs et al. 2026). El propio CSIS identifica explícitamente el «Atlántico occidental» y el «sureste del Caribe» —espacios en los que se inscribe el dominio marítimo dominicano— como las zonas que la actuación conjunta de ambas estaciones permitiría triangular (Powers-Riggs et al. 2026).

Vectores de amenaza para la seguridad nacional dominicana

De lo anterior se desprende que, aunque el blanco declarado de estas instalaciones sea Estados Unidos, la República Dominicana queda comprendida en su radio de acción de forma estructural, no incidental. Se identifican seis vectores de amenaza diferenciados, ordenados de lo más directo a lo más sistémico.

Interceptación de comunicaciones estatales y militares

El vector más inmediato es la captación de las emisiones radioeléctricas de las instituciones dominicanas. Las Fuerzas Armadas dominicanas, la Armada, la Fuerza Aérea, el Cuerpo Especializado en Seguridad Fronteriza y la Dirección Nacional de Control de Drogas operan, como cualquier Estado, comunicaciones en HF y VHF, especialmente en los dominios marítimo y aeronáutico, donde la alta frecuencia sigue siendo de uso corriente. Una CDAA en El Salao podría geolocalizar y caracterizar estas emisiones, permitiendo el mapeo de los patrones de despliegue, los ciclos de patrullaje y las rutinas de mando dominicanos sin necesidad de comprometer el cifrado. Para un Estado que no dispone de una arquitectura nacional robusta de seguridad de las comunicaciones (COMSEC), esta vulnerabilidad es significativa y persistente.

Vigilancia del dominio marítimo y aéreo

La República Dominicana es un nodo central de las operaciones de interdicción del narcotráfico en el Caribe y coopera estrechamente con la Fuerza de Tarea Conjunta Interagencial Sur (JIATF-South) y con agencias estadounidenses. La capacidad de una estación adversaria para detectar y geolocalizar el tráfico de comunicaciones asociado a operaciones de interdicción introduce un riesgo de contrainteligencia tangible: la posibilidad de que los patrones operativos sean inferidos y, eventualmente, filtrados a organizaciones criminales transnacionales que mantienen vínculos con regímenes de la región. Más allá del narcotráfico, la vigilancia sistemática del tráfico aéreo y marítimo dominicano (comercial, oficial y militar) erosiona la soberanía informativa del Estado sobre su propio espacio, un perjuicio que existe con independencia de los intereses estadounidenses.

Infraestructura de telecomunicaciones y cables submarinos

La República Dominicana es uno de los principales puntos de amarre de cables submarinos del Caribe. Su territorio acoge sistemas como ARCOS-1, AMX-1 y SAm-1 (seis cables, la mayoría con más de una década de servicio) que enlazan al país con Estados Unidos y Suramérica, y en 2026 se anunció una inversión de unos 500 millones de dólares para triplicar las conexiones directas con territorio estadounidense (Submarine Networks s.f.; DatacenterDynamics 2026). Significativamente, el anillo ARCOS-1 llegó a contemplar un amarre en Cuba, lo que ilustra la interconexión física de la región (Submarine Networks s.f.). Esta centralidad convierte a la República Dominicana en un activo de tránsito de datos cuya integridad interesa a las grandes potencias.

El riesgo se agrava por la penetración de proveedores tecnológicos chinos en la región. Si bien el gobierno de Luis Abinader, tras la visita del secretario Pompeo, declaró que las empresas chinas no operarían en sectores estratégicos como los grandes proyectos portuarios o la futura infraestructura 5G (Ellis 2024), la presencia de equipamiento de origen chino en las redes de telecomunicaciones del país —un patrón común en toda la región— plantea riesgos de cadena de suministro y de interceptación que se entrelazan con la capacidad SIGINT cubana. La combinación de hardware potencialmente comprometido en tierra y de recopilación de señales desde Cuba conforma una amenaza compuesta, no dos amenazas separadas.

El nexo HUMINT–contrainteligencia cubano

La cooperación entre Cuba y China en materia de SIGINT podría no ser sino la punta del iceberg. Los servicios cubanos han construido una de las redes de inteligencia humana (HUMINT) más sofisticadas del hemisferio, históricamente orientada contra Estados Unidos, como ilustran los casos de Ana Montes y del exembajador Manuel Rocha (Funaiole et al. 2024). Cuba ha sido un exportador de capacidades de inteligencia y contrainteligencia a otros regímenes de la región, como demuestra su papel en la edificación del aparato de contrainteligencia militar venezolano (Funaiole et al. 2024). Para la República Dominicana, cuya proximidad geográfica y cultural con Cuba se traduce en densos flujos de personas, esta tradición HUMINT, combinada con una eventual compartición de inteligencia con Beijing, plantea un riesgo de penetración de sus instituciones y de exposición de sus funcionarios que trasciende lo puramente técnico.

Espionaje económico e industrial

La economía dominicana descansa en sectores, q.d., turismo, zonas francas, minería, banca y remesas, altamente sensibles a la interceptación de comunicaciones comerciales. El CSIS ha señalado que, frente a unas comunicaciones militares estadounidenses generalmente cifradas, son las empresas civiles las que resultan más vulnerables al SIGINT (Funaiole et al. 2024). Una economía de servicios y exportación como la dominicana, con actores corporativos de relevancia internacional, ofrece a un adversario un abundante objetivo de inteligencia económica: posiciones negociadoras, datos financieros, propiedad intelectual y planes de inversión. La asimetría comercial con China, cuyas importaciones a la República Dominicana se han multiplicado tras el reconocimiento diplomático de 2018, añade un incentivo estructural para esta forma de recopilación (Ellis 2024).

La República Dominicana como terreno de competencia entre grandes potencias

El vector más sistémico es geopolítico. La intensificación de la presión estadounidense sobre Cuba y Venezuela en 2026 (sanciones, operaciones navales ampliadas en el Caribe e iniciativas como la denominada Operación Southern Spear) ha reconfigurado el Caribe en un teatro de competencia entre grandes potencias (Powers-Riggs et al. 2026; Cibercuba 2026a). La República Dominicana, por su posición, queda en el centro geográfico de esa rivalidad. La continua expansión de las estaciones cubanas, advierte el CSIS, podría convertirse en un punto de fricción a medida que Washington intensifica su campaña de presión, y su estatus podría ser un elemento clave en cualquier negociación futura entre Washington y La Habana (Powers-Riggs et al. 2026). En tal escenario, el territorio, el espacio aéreo y las aguas dominicanas podrían ser objeto de vigilancia incrementada y, en un supuesto de escalada, el país correría el riesgo de verse arrastrado a una dinámica que no ha elegido.

La encrucijada estratégica dominicana

La República Dominicana afronta estas amenazas desde una posición de equilibrio delicado. En mayo de 2018, el gobierno de Danilo Medina rompió relaciones con Taiwán y las estableció con la República Popular China, firmando dieciocho memorandos de entendimiento y acogiendo promesas de inversión en infraestructura, energía y un nuevo puerto en Manzanillo (Ellis 2024; Myers y Barrios 2019). Muchas de aquellas promesas se han materializado solo parcialmente, y el gobierno de Abinader ha adoptado una actitud más cautelosa, vedando a las empresas chinas los sectores estratégicos (Ellis 2024). Aun así, China ha seguido avanzando de forma discreta en cooperación en seguridad y en los sectores digital y eléctrico, y persisten voces que promueven un tratado de libre comercio con Beijing (Ellis 2024).

La tensión es evidente: la República Dominicana mantiene con Estados Unidos su relación de seguridad y comercio más importante, anclada en el DR-CAFTA y en la cooperación antinarcóticos, al tiempo que cultiva vínculos económicos con la potencia cuya arquitectura de inteligencia, asentada en la vecina Cuba, la vigila. Esta dualidad no es sostenible indefinidamente sin una estrategia deliberada. La amenaza SIGINT cubano-china debería incentivar a Santo Domingo a tratar la seguridad de sus comunicaciones y la integridad de su infraestructura crítica no como un favor a Washington, sino como un imperativo de soberanía nacional.

Recomendaciones de política

Las siguientes líneas de acción se proponen proporcionadas a los recursos de un Estado caribeño de tamaño medio y orientadas a reducir la vulnerabilidad sin exigir capacidades de gran potencia.

  • Endurecer la seguridad de las comunicaciones (COMSEC). Priorizar el cifrado de extremo a extremo y la migración de las comunicaciones gubernamentales y militares sensibles desde la radio en HF/VHF hacia canales protegidos por fibra y satélite cifrado, reduciendo la huella radioeléctrica explotable por radiogoniometría.
  • Auditar la cadena de suministro de telecomunicaciones. Realizar un inventario nacional del equipamiento de red de origen chino (Huawei, ZTE y afines) en operadores y en infraestructura crítica, y establecer criterios de seguridad para las adquisiciones futuras, en particular de cara al despliegue de 5G y a la ampliación de los amarres de cable submarino.
  • Proteger los puntos de amarre de cables submarinos. Tratar las estaciones de amarre como infraestructura crítica nacional, con seguridad física y lógica reforzada, dado su valor como nodo de tránsito de datos hacia Estados Unidos y Suramérica.
  • Reforzar la contrainteligencia. Fortalecer las capacidades de contrainteligencia frente a la HUMINT cubana y sus posibles derivaciones hacia terceros, con énfasis en la protección de funcionarios con acceso a información sensible y en la concienciación institucional.
  • Profundizar la cooperación regional en el dominio del espectro y marítimo. Coordinar con Estados Unidos y con socios del Caribe el intercambio de alertas sobre actividad SIGINT adversaria y la conciencia situacional marítima, aprovechando los marcos existentes de cooperación antinarco.
  • Desarrollar conciencia situacional propia mediante fuentes abiertas. Institucionalizar el seguimiento de imágenes satelitales comerciales y análisis de fuentes abiertas, el mismo método empleado por el CSIS, para monitorear de forma autónoma la evolución de El Salao y otras instalaciones de interés, sin dependencia exclusiva de evaluaciones ajenas.
  • Diversificar prudentemente la dependencia tecnológica. Equilibrar los beneficios económicos de la relación con China frente a los riesgos de seguridad, evitando que sectores críticos queden cautivos de proveedores que plantean riesgos de inteligencia.

Reflexión mía

La narrativa pública sobre Bejucal y El Salao ha estado dominada por la relación cubano-estadounidense, y con razón: estas instalaciones miran, en primer término, hacia Florida y hacia los mandos militares del sureste de Estados Unidos. Pero la lente estadounidense oculta una realidad incómoda para Santo Domingo: por su física y su geografía, la radiogoniometría de alta frecuencia desplegada en la Cuba oriental abarca de manera estructural el territorio, el espacio aéreo y las aproximaciones marítimas dominicanas. La amenaza para la República Dominicana no es hipotética ni derivada. Es una consecuencia directa de la ubicación de El Salao, un punto de Cuba peligrosamente cercano a La Española, y de la naturaleza no direccional de las capacidades que allí se han construido.

Mi análisis debe sostenerse, no obstante, sobre una epistemología honesta. El vínculo operativo directo de China con estos sitios sigue siendo una evaluación probable, respaldada por la convergencia de evidencias y por las declaraciones de altos funcionarios estadounidenses en 2025 y 2026, pero no un hecho probado en el espacio no clasificado. La recopilación efectiva de inteligencia contra blancos dominicanos es, asimismo, mi inferencia analítica derivada de la capacidad y la geografía, mi perspectiva como exintegrante de la Comunidad de Inteligencia y una comprensión amplia de la naturaleza de la amenaza china moderna, no una colección documentada. Esta cautela no disminuye la pertinencia de la amenaza. En materia de seguridad nacional, la prudencia exige planificar frente a capacidades demostradas, no solo frente a casos de espionaje confirmados. Tengan clara una cosa. China busca o cooptarnos por su iniciativa Franja y Ruta, o doblegarnos con las maniobras nefastas de la inteligencia china, . . . política del garrote y la zanahoria en plena vista. Para la República Dominicana, la lección es clara. La seguridad de nuestras comunicaciones y la integridad de la infraestructura crítica son, antes que un alineamiento geopolítico, una cuestión de soberanía que el país haría bien en asumir como propia. NO podemos permitir que nos ninguneen del ‘gran juego’ geopolítico internacional. Ya no somos una república bananera.

C. Constantin Poindexter, MA en Inteligencia, Certificado de Posgrado en Contrainteligencia, JD, certificación OSINT CISA/NCISS, Certificación BFFOC del DoD/DoS

Bibliografía

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  • Cibercuba. 2026b. «Marco Rubio: Cuba sigue albergando instalaciones de inteligencia de China y Rusia». 2 de junio. https://en.cibercuba.com/noticias/2026-06-02-u1-e207888-s27061-nid330997.
  • Cubaheadlines. 2026. «U.S. Sounds Alarm: Rising Russian and Chinese Espionage in Cuba». 22 de mayo. https://www.cubaheadlines.com/articles/330073.
  • DatacenterDynamics. 2026. «Google invests $500 million in Dominican Republic connectivity hub». https://www.datacenterdynamics.com/en/news/google-invests-500-million-in-its-digital-port-in-the-dominican-republic/.
  • Diario Las Américas. 2026. «Detectan nueva actividad en posibles instalaciones de inteligencia de China en Cuba». 20 de junio. https://www.diariolasamericas.com/eeuu/detectan-nueva-actividad-posibles-instalaciones-inteligencia-china-cuba-n5397507.
  • Ellis, R. Evan. 2024. «The Evolution of Chinese Engagement with the Dominican Republic». Center for Strategic and International Studies, 25 de septiembre. https://www.csis.org/analysis/evolution-chinese-engagement-dominican-republic.
  • Fox News. 2026. «China-linked spy site expansion in Cuba raises alarms near key US military bases». https://www.foxnews.com/politics/china-linked-spy-site-expansion-cuba-raises-alarms-near-key-us-military-bases.
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  • Wall Street Journal. 2026. «U.S. Warns of Growing Russian and Chinese Spying in Cuba». Mayo. (Citado a través de Politicalwire 2026 y Cubaheadlines 2026.)
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¿Necesita la República Dominicana una Agencia de Contrainteligencia?

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El caso por fortalecer el Sistema Nacional de Inteligencia en lugar de crear un nuevo organismo.

La República Dominicana no necesita crear una agencia de contrainteligencia independiente. Lo que necesita es fortalecer y profesionalizar la función de contrainteligencia dentro del Sistema Nacional de Inteligencia que acaba de reformar mediante la Ley Orgánica 1-26 de 2026, bajo la coordinación de la Dirección Nacional de Inteligencia y con controles democráticos verificables. La contrainteligencia ya es un mandato legal vigente: el reto del país es de capacidad y de control, no de arquitectura institucional.

La pregunta sobre si la República Dominicana requiere una agencia de contrainteligencia suele plantearse como si existiera un vacío que llenar. No lo hay. Antes de decidir si conviene crear un organismo nuevo, hace falta reconocer un hecho que reordena por completo el debate. La contrainteligencia dominicana ya posee base legal, mandato expreso y un coordinador formal. La discusión pertinente no es entonces si el Estado debe hacer contrainteligencia, porque la ley ya lo obliga, sino cómo organizar mejor esa función. Y allí la respuesta más prudente apunta a la consolidación, no a la proliferación de agencias.

Punto de partida: la contrainteligencia ya es un mandato legal vigente

La arquitectura de seguridad dominicana acaba de atravesar su transformación más profunda en décadas. Con la promulgación de la Ley Orgánica 1-26, publicada en la Gaceta Oficial núm. 11227 del 13 de enero de 2026, el país sustituyó el antiguo Departamento Nacional de Investigaciones por una Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) reestructurada, ahora dependiente del presidente de la República y dotada de autonomía presupuestaria (Congreso Nacional 2026). La norma define a la DNI como órgano rector del Sistema Nacional de Inteligencia (SNI) y le atribuye expresamente la misión de realizar y coordinar actividades de inteligencia y contrainteligencia relacionadas con la seguridad nacional que ejecuten los organismos militares, policiales y financieros del Estado (Congreso Nacional 2026).

Esa redacción no es nueva en su espíritu. Ya la Ley 1-24 de 2024, antecedente directo de la reforma, había creado el SNI y enmarcado la inteligencia y la contrainteligencia como funciones coordinadas del Estado (Congreso Nacional 2024). El sentido de toda la reforma fue precisamente integrar: durante décadas los cuerpos de seguridad dominicanos operaron de manera fragmentada, generando duplicidad de esfuerzos y vacíos de información, y la creación formal del SNI buscó corregir esa dispersión (Redacción Acento 2024). En consecuencia, levantar ahora una agencia de contrainteligencia separada implicaría reintroducir, por la puerta trasera, la fragmentación que el legislador acababa de combatir.

El entorno de amenazas: por qué la contrainteligencia importa, y mucho

Sostener que no conviene una agencia nueva no equivale a minimizar la amenaza. Al contrario: el perfil de riesgo dominicano es exigente y justifica una capacidad de contrainteligencia robusta. El primer vector es el narcotráfico. El Departamento de Estado de los Estados Unidos clasifica a la República Dominicana como país de tránsito primario de la cocaína que cruza el Caribe rumbo a Norteamérica y Europa, y la Determinación Presidencial estadounidense para el año fiscal 2025 la mantiene en la lista de principales países de tránsito de drogas (U.S. Department of State 2025) (The White House 2024).

Lo relevante para la contrainteligencia no es el volumen del flujo, sino el mecanismo que lo sostiene. Las investigaciones de campo muestran que el contrabando por contenedores en puertos como Caucedo depende casi siempre de la complicidad de empleados portuarios: clonar los sellos de seguridad de un contenedor exige acceso a documentación de embarque y a la carga misma, algo imposible sin un infiltrado interno (InSight Crime 2024). El mismo Departamento de Estado vincula las limitaciones del país a la corrupción endémica y a las restricciones de capacidad institucional (U.S. Department of State 2025). La penetración y la corrupción de funcionarios de seguridad por parte de organizaciones criminales transnacionales es, por definición, el terreno propio de la contrainteligencia: proteger las instituciones del Estado frente a su captura desde dentro.

El segundo vector es el espionaje, estatal y económico. Tras el cambio de reconocimiento diplomático de Taiwán a la República Popular China en 2018, la República Dominicana quedó expuesta a una relación asimétrica con una potencia que despliega capacidades de influencia e inteligencia. La ambigüedad del gobierno dominicano respecto del papel de Huawei en su red 5G ilustra esa vulnerabilidad, sobre todo en infraestructura crítica de telecomunicaciones (Ellis 2022). A ello se suman la frontera con Haití, foco de inestabilidad y de actores que operan a través de ese flanco, y la dimensión cibernética, que la propia Ley 1-26 incorpora al asignar a la DNI tareas de seguridad de las infraestructuras críticas (Congreso Nacional 2026). La conclusión provisional es clara: el país necesita contrainteligencia de verdad. La discusión es sobre el envase, no sobre el contenido.

El argumento contrario: la tentación de una agencia especializada

Existe un razonamiento serio a favor de crear un organismo dedicado, y conviene exponerlo con honestidad. La contrainteligencia es una disciplina distinta de la inteligencia positiva. Mientras esta recolecta y analiza información sobre amenazas externas, aquella se ocupa del contraespionaje, de la amenaza interna, de la protección de secretos de Estado y de la depuración de personal. Cuando ambas conviven bajo el mismo techo, la experiencia comparada sugiere que la contrainteligencia suele quedar subordinada a las prioridades de recolección y se atrofia. Una entidad con mandato propio acumularía experticia especializada y reduciría el conflicto de interés que surge cuando quien recolecta es también quien se vigila a sí mismo. En la literatura clásica de reforma de inteligencia este principio de separación entre el cazador y el guardabosque es un argumento recurrente a favor de la diferenciación funcional (Bruneau y Boraz 2007).

El argumento tiene mérito. Pero confunde dos cosas distintas: la necesidad de especialización con la necesidad de un organismo separado. Se puede lograr lo primero sin incurrir en los costos de lo segundo. Y para un Estado de los recursos y la trayectoria institucional de la República Dominicana, los costos de lo segundo son considerables.

Capacidad y diseño: por qué la consolidación supera la creación de un nuevo organismo

El primer costo es presupuestario y de talento humano. Construir una agencia desde cero exige una nómina propia, una cadena de mando autónoma, instalaciones, sistemas y, sobre todo, personal formado en una disciplina escasa en el mercado regional. Para un país de capacidad institucional limitada, el retorno de invertir en una nueva burocracia es previsiblemente inferior al de reforzar la capacidad de contrainteligencia dentro del sistema que acaba de crearse, dotándolo de cuadros, tecnología y procedimientos. Somos un país pequeño con presupuesto limitado. Aunque un mecanismo de contrainteligencia independiente sería la utopía, vivimos en un mundo real.

El segundo costo es de coherencia. La experiencia latinoamericana de reforma de inteligencia ofrece un punto de comparación útil. Brasil, al reconstruir su sistema tras el régimen militar, optó por priorizar el análisis y la contrainteligencia de alcance doméstico privilegiando instituciones civiles, con una estructura distribuida entre múltiples organismos coordinados centralmente por la Agencia Brasileña de Inteligencia (ABIN) (Bruneau y Matei 2010). El rasgo dominante de esa reforma fue estructural y de coordinación, no la multiplicación de agencias autónomas (Cepik 2007). La lección para Santo Domingo es directa. La coordinación de una estructura distribuida, que es exactamente lo que el SNI dominicano pretende ser, resuelve mejor el problema de la dispersión que la creación de un nuevo actor que reclame su propia parcela de poder.

El riesgo decisivo: control democrático y el legado autoritario

El argumento más fuerte contra una agencia de contrainteligencia independiente no es presupuestario ni organizativo, sino político. De todas las funciones de inteligencia, la contrainteligencia es la más propensa a desbordarse hacia la vigilancia interna de la prensa, la oposición y la sociedad civil. Quien tiene el mandato de detectar la penetración del Estado posee también, casi por la misma vía, las herramientas para espiar a los ciudadanos. Concentrar ese poder en un organismo secreto, separado y con cadena de mando propia es precisamente la receta que la historia dominicana enseña a temer.

La memoria institucional pesa. El aparato de inteligencia dominicano nació como instrumento de represión durante la dictadura de Trujillo y se prolongó en las redes de vigilancia de las décadas posteriores, una herencia que la literatura sobre culturas de inteligencia en América Latina y el Caribe documenta como un lastre que las reformas democráticas aún no terminan de superar (Matei, Halladay y Estévez 2022). Esa preocupación no es solo histórica. Durante el trámite legislativo de la reforma, la Sociedad Dominicana de Diarios advirtió que ciertos artículos de ambigua redacción, en particular la obligación de toda persona e institución de entregar información a la DNI, podían representar un riesgo para la libertad de prensa y la privacidad (Redacción Acento 2024).

La literatura comparada confirma el peligro. En las democracias nuevas, los organismos de inteligencia tienden a resistir el control externo, amparados en el secreto de su oficio y en la falta de expertise de los supervisores políticos, y esa resistencia puede obedecer al deseo de perpetuar prácticas abusivas en nombre de la eficacia (Bruneau y Matei 2010). El propio caso brasileño, pese a su reforma modélica, mostró señales de que su agencia coordinadora reincidía en la lógica de policía política (Cepik 2007). Si un sistema reformado y centralizado ya enfrenta esa tentación, una agencia de contrainteligencia autónoma, con menos contrapesos y mayor opacidad, la multiplicaría.

El verdadero riesgo no es que la República Dominicana carezca de contrainteligencia, sino que construya un instrumento que termine protegiendo al gobierno de turno más que al Estado.

Recomendaciones: especializar dentro del sistema, no fuera de él

De lo anterior se desprende una vía intermedia que captura los beneficios de la especialización sin asumir los riesgos de la fragmentación y la concentración de poder. En primer lugar, la contrainteligencia debe alojarse como una dirección o subdirección especializada dentro de la DNI, con mandato, doctrina y personal propios, pero subordinada a la coordinación única del Sistema Nacional de Inteligencia. La especialización se logra por diseño funcional, no por separación institucional.

En segundo lugar, esa unidad debe concentrarse en tres prioridades verificables: el blindaje de las instituciones del Estado frente a la penetración del narcotráfico y el crimen organizado; el contraespionaje frente a actores estatales con presencia creciente en el país; y la protección de la infraestructura crítica y de los secretos del Estado, incluida la dimensión cibernética. La seguridad del personal y la verificación de antecedentes, que el reglamento de la Ley 1-26 ya contempla, son piezas centrales de esa función.

En tercer lugar, y de manera no negociable, la capacidad de contrainteligencia debe quedar enmarcada en controles democráticos reales: supervisión judicial de las medidas intrusivas, control parlamentario efectivo, un inspector general con dientes, límites explícitos a la vigilancia doméstica y plazos razonables de reserva de la información. La eficacia y el control democrático no son objetivos en tensión, sino las dos caras de un servicio de inteligencia maduro (Bruneau y Boraz 2007). Un servicio sin control pierde legitimidad y, con ella, la cooperación ciudadana de la que depende su eficacia.

Mis pensamientos finales

La República Dominicana enfrenta amenazas que hacen de la contrainteligencia una necesidad estratégica, no un lujo. Pero la respuesta institucionalmente (y presupuestaria) correcta a esa necesidad no es un nuevo organismo con letrero propio, sino una capacidad de contrainteligencia seria, profesionalizada y bien acotada, alojada dentro de la arquitectura que la Ley 1-26 acaba de levantar. Opino que crear una agencia separada deshacería el esfuerzo de consolidación que inspiró la reforma, gravaría a un Estado de recursos limitados con una burocracia adicional y, sobre todo, concentraría en un cuerpo opaco el tipo de poder que la propia historia dominicana enseña a vigilar. Fortalecer el Sistema Nacional de Inteligencia, y dentro de él la función de contrainteligencia, es la opción que mejor sirve a la vez a la seguridad nacional y a la democracia que esa seguridad debe proteger.

C. Constantin Poindexter Salcedo, Maestría en Inteligencia, Certificado de Posgrado en Contrainteligencia, J.D., certificación CISA/NCISS OSINT, Certificación U.S. DoD/DoS BFFOC, Dipl. Diplomacia Global, Dipl. Derechos Humanos por USIDHR, Dipl. Negociación Diplomática por Harvard

Bibliografía

  • Bruneau, Thomas C., y Steven C. Boraz, eds. 2007. Reforming Intelligence: Obstacles to Democratic Control and Effectiveness. Austin: University of Texas Press.
  • Bruneau, Thomas C., y Florina Cristiana Matei. 2010. «Intelligence in the Developing Democracies: The Quest for Transparency and Effectiveness». En The Oxford Handbook of National Security Intelligence, editado por Loch K. Johnson, 757 a 773. Oxford: Oxford University Press.
  • Cepik, Marco. 2007. «Structural Change and Democratic Control of Intelligence in Brazil». En Reforming Intelligence: Obstacles to Democratic Control and Effectiveness, editado por Thomas C. Bruneau y Steven C. Boraz. Austin: University of Texas Press.
  • Congreso Nacional de la República Dominicana. 2024. Ley núm. 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y regula el Sistema Nacional de Inteligencia. Gaceta Oficial. Santo Domingo.
  • Congreso Nacional de la República Dominicana. 2026. Ley Orgánica núm. 1-26 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y regula el Sistema Nacional de Inteligencia. Gaceta Oficial núm. 11227, 13 de enero. Santo Domingo.
  • Ellis, R. Evan. 2022. «Chinese Engagement with the Dominican Republic: An Update». Análisis sobre relaciones China a América Latina. revanellis.com.
  • InSight Crime. 2024. «The Dominican Republic: The Caribbean’s Cocaine Hub». Investigación de InSight Crime.
  • Matei, Florina Cristiana, Carolyn Halladay y Andrés de Castro Estévez, eds. 2022. The Handbook of Latin American and Caribbean Intelligence Cultures. Lanham: Rowman & Littlefield.
  • Redacción Acento. 2024. «Ejecutivo promulga la ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia». Acento, 18 de enero.
  • The White House. 2024. «Presidential Determination on Major Drug Transit or Major Illicit Drug Producing Countries for Fiscal Year 2025» (Presidential Determination núm. 2024-12). Federal Register, 24 de septiembre.
  • U.S. Department of State. 2025. International Narcotics Control Strategy Report (INCSR), Volume I: Drug and Chemical Control. Washington, D. C.: Bureau of International Narcotics and Law Enforcement Affairs.
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La Complicidad de la República Dominicana en Crímenes Altamar

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Los ataques letales ejecutados por fuerzas armadas fuera de un conflicto armado claramente delimitado, dirigidos contra tripulaciones de buques que no participan directamente en hostilidades y sin un proceso previo de identificación, evaluación de amenaza y “rendición de cuentas”, constituyen, en términos de derecho internacional, asesinatos extrajudiciales. Tales operaciones vulneran la prohibición del uso de la fuerza contenida en la Carta de las Naciones Unidas, las garantías del derecho a la vida y al debido proceso reconocidas por el derecho internacional de los derechos humanos y, cuando existe un conflicto armado, las normas del derecho internacional humanitario que protegen a las personas que no son objetivos militares legítimos (Naciones Unidas 1945). En ausencia de la legítima defensa estrictamente necesaria y proporcionada, o de una autorización específica del Consejo de Seguridad, estos homicidios no se justifican jurídicamente y se configuran como hechos internacionalmente ilícitos e incluso, según su contexto y escala, como crímenes internacionales graves.

Sobre esa base normativa, mi cuestión central aquí es si la República Dominicana, al autorizar el uso de instalaciones civiles y militares por tropas y medios de las fuerzas armadas de los Estados Unidos (“Acuerdo entre República Dominicana y Estados Unidos será hasta abril, según Abinader”, Listín 01 dic 2025) para operaciones que resultan en dichos asesinatos extrajudiciales en el Caribe, puede ser considerada cómplice tanto moral como jurídicamente. La respuesta exige articular el derecho de la responsabilidad internacional del Estado, los regímenes de protección de derechos humanos y el sistema de justicia penal internacional. Hablo en particular de las obligaciones enumeradas en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, al que la República Dominicana se encuentra vinculada como Estado parte (Corte Penal Internacional 1998).

El derecho internacional general reconoce de manera expresa que un Estado puede incurrir en responsabilidad no solo por sus propios actos directos, sino también por la ayuda o asistencia prestada a otro Estado en la comisión de un hecho internacionalmente ilícito. Los Artículos sobre Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos, adoptados por la Comisión de Derecho Internacional, disponen en su artículo dieciséis que un Estado incurre en responsabilidad cuando presta ayuda o asistencia a otro Estado para la comisión de un hecho internacionalmente ilícito, siempre que actúe con conocimiento de las circunstancias del hecho y que este sería ilícito también si lo cometiera él mismo (Comisión de Derecho Internacional 2001). Esta formulación codifica una regla consuetudinaria y refleja la intuición moral básica de que quien contribuye conscientemente a un daño ilícito comparte la responsabilidad por dicho daño.

Los comentarios oficiales a dicho artículo precisan que la ayuda o asistencia debe ser suficientemente significativa, de modo que no se reduzca a una contribución trivial o marginal, y que el órgano estatal que la presta debe actuar con conocimiento de la ilicitud del comportamiento principal, aunque no necesariamente con la misma intención específica que el autor directo (Comisión de Derecho Internacional 2001). Desde el planteamiento que aquí se adopta, el suministro de bases aéreas o navales, infraestructura de mando y control, capacidades de reabastecimiento y facilidades de comunicación desde territorio dominicano para operaciones que sistemáticamente resultan en asesinatos extrajudiciales de tripulaciones en el Caribe satisface con claridad el requisito de una contribución significativa. Si las autoridades dominicanas tienen conocimiento razonable de que esas instalaciones se utilizan para operaciones de carácter ilícito, el umbral de conocimiento exigido por el artículo dieciséis se vería cumplido.

En el plano del ius ad bellum, la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia refuerza el punto. En el caso que trató de las actividades militares y paramilitares en y contra Nicaragua ((Nicaragua c. Estados Unidos de América), fallo de la Corte Internacional de Justicia de 27 de junio de 1986 (CIJ, Recueil 1986, p. 14)), la Corte declaró que las acciones de apoyo militar y logístico de los Estados Unidos a grupos armados que operaban contra el gobierno nicaragüense vulneraban la prohibición del uso de la fuerza y el principio de no intervención (Corte Internacional de Justicia 1986). Aunque el supuesto fáctico es distinto, la lógica jurídica que subyace a ese fallo resulta relevante: un Estado no puede escudarse en la mediación de terceros para eludir su responsabilidad por operaciones que implican violaciones graves del derecho internacional. Por analogía, la República Dominicana que presta su territorio e infraestructura a una potencia militar para realizar ataques letales ilegales participa en un esquema de ayuda y asistencia que la compromete jurídicamente.

La responsabilidad dominicana no se agota en el plano de la responsabilidad interestatal. La condición de Estado parte del Estatuto de Roma introduce una dimensión adicional al problema. El Estatuto regula la responsabilidad penal individual y establece que la Corte Penal Internacional tiene competencia sobre personas que cometen, ordenan, facilitan o prestan ayuda y asistencia para la comisión de crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio (Corte Penal Internacional 1998). El artículo veinticinco del Estatuto define diversas formas de participación en el crimen, incluyendo la contribución con el propósito de facilitar la comisión del delito o con conocimiento de que tal contribución se hará en el curso de una actividad criminal o de la comisión de uno o varios crímenes (Corte Penal Internacional 1998).

En consecuencia, altos funcionarios civiles o militares dominicanos que autoricen de forma consciente el uso de bases e infraestructura para operaciones de asesinato extrajudicial podrían, en principio, quedar expuestos a responsabilidad penal internacional por complicidad o ayuda y asistencia en crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad, dependiendo de la calificación jurídica que merezcan los hechos. La doctrina sobre responsabilidad de partícipes en el sistema de la Corte Penal Internacional admite que la aportación logística, de inteligencia o de infraestructura puede constituir un modo relevante de responsabilidad si contribuye sustancialmente al resultado ilícito y si el partícipe conoce la naturaleza criminal del comportamiento principal (Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional 2013). La República Dominicana, al haber aceptado el Estatuto de Roma, se obliga no solo a abstenerse de cometer esos crímenes, sino también a no facilitar su comisión por actores extranjeros y a ajustar su práctica interna para prevenir tal participación.

El compromiso dominicano con regímenes internacionales de protección de los derechos humanos, en particular el sistema interamericano, refuerza la apreciación de complicidad. En el emblemático caso Velásquez Rodríguez contra Honduras, la Corte Interamericana de Derechos Humanos afirmó que la responsabilidad de un Estado por desapariciones forzadas no se limita a los actos materiales de los agentes estatales, sino que incluye la tolerancia sistemática de prácticas violatorias, la falta de prevención razonable y la ausencia de investigación diligente y sanción efectiva (Corte Interamericana de Derechos Humanos 1988). La Corte desarrolló la idea de que el Estado viola sus obligaciones convencionales cuando crea una situación de impunidad que posibilita la repetición de graves violaciones del derecho a la vida y a la integridad personal.

Si se traslada ese razonamiento al caso planteado, la República Dominicana podría incurrir en responsabilidad internacional por permitir de forma consciente que su territorio y su infraestructura se utilicen como plataforma para operaciones letales extrajudiciales, sin establecer controles, salvaguardias ni mecanismos efectivos de supervisión y rendición de cuentas. El deber de garantizar el derecho a la vida que se desprende de la Convención Americana sobre Derechos Humanos implica para los Estados una obligación negativa de no privar arbitrariamente de la vida y también una obligación positiva de prevenir, en la medida de lo razonable, que terceros cometan violaciones graves utilizando medios o espacios puestos a su disposición por el propio Estado (Corte Interamericana de Derechos Humanos 1988). El otorgamiento incondicional de bases e infraestructura a una potencia extranjera para operaciones ilícitas se antagoniza con ese deber de garantía.

Los efectos jurídicos posibles de esta situación son múltiples. En el plano interestatal, un Estado afectado por los ataques, por ejemplo el Estado de bandera de los buques o el Estado de nacionalidad de las víctimas, podría entablar una demanda contra la República Dominicana ante la Corte Internacional de Justicia, alegando responsabilidad por ayuda o asistencia en la violación de la prohibición del uso de la fuerza, del derecho a la vida y de otras normas de ius cogens. La Corte podría declarar la existencia de un hecho internacionalmente ilícito y ordenar medidas de reparación que incluyan la cesación de la conducta, garantías de no repetición y, eventualmente, compensación a las víctimas o a sus Estados de origen (Corte Internacional de Justicia 1986; Comisión de Derecho Internacional 2001). Aunque la viabilidad política de un litigio de este tipo siempre es incierta, su posibilidad jurídica subraya el grado de exposición internacional de la República Dominicana.

En el plano del sistema interamericano, las víctimas o sus familiares podrían presentar peticiones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, alegando que la República Dominicana violó el derecho a la vida, el derecho a las garantías judiciales y la protección judicial al permitir que su territorio sirviera de base para operaciones de asesinato, sin investigar ni sancionar a los responsables. Si la Comisión elevara el caso a la Corte Interamericana, esta podría reconocer la responsabilidad dominicana por acción y por omisión, ordenar medidas de reparación integral y establecer estándares específicos sobre la obligación de los Estados de no facilitar violaciones graves por medio de acuerdos de cooperación militar o de seguridad que carecen de salvaguardias efectivas (Corte Interamericana de Derechos Humanos 1988).

El propio Estatuto de Roma, unido a la práctica de la Oficina del Fiscal, introduce asimismo un riesgo reputacional y jurídico adicional. Si existieran indicios razonables de que funcionarios dominicanos han participado conscientemente en un esquema de operaciones letales ilegales mediante la prestación de bases e infraestructura, y si las autoridades nacionales no emprendieran investigaciones genuinas y creíbles, la Fiscalía podría considerar la apertura de un examen preliminar de la situación dominicana. Aunque la Corte Penal Internacional actúa con criterios de selectividad y prioriza situaciones de violencia masiva, la posibilidad de escrutinio internacional subraya el deber del Estado de evitar cualquier forma de colaboración que pueda ser interpretada como participación en crímenes internacionales (Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional 2013).

Desde una perspectiva normativa y ética, el planteamiento de que la República Dominicana se convierte en cómplice moral y jurídica de los asesinatos extrajudiciales cuando presta bases e infraestructura civil a los Estados Unidos se alinea con las tendencias contemporáneas del derecho internacional. El derecho de la responsabilidad del Estado, el sistema de justicia penal internacional y los regímenes de derechos humanos convergen en una idea común. Los Estados no pueden ser facilitadores neutrales de violencia prohibida. Quien, con conocimiento, presta medios esenciales para la comisión de actos ilícitos asume una cuota de responsabilidad por esos actos. La República Dominicana, que ha ratificado la Carta de las Naciones Unidas, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Estatuto de Roma no puede legítimamente sostener que la cooperación militar autoriza a sacrificar esos compromisos fundacionales. Si transforma su territorio y sus aeropuertos y puertos civiles en vectores de operaciones de asesinato extrajudicial, abandona la posición de simple aliado político y adopta la posición de partícipe en crímenes que el propio orden internacional ha declarado intolerables.

En síntesis, el razonamiento jurídico que se deriva del marco normativo vigente confirma el tenor crítico que sostiene mi ensayo. Si la República Dominicana presta bases o infraestructura civil y militar a los Estados Unidos para operaciones de asesinato, la República Dominicana es cómplice moral. Renuncia a la protección de la vida y del debido proceso que formalmente proclama, y es cómplice jurídica porque vulnera las normas sobre responsabilidad por ayuda o asistencia, incumple su deber de garantizar los derechos humanos y expone a sus funcionarios a la eventualidad de responsabilidad penal internacional. En un orden internacional que pretende limitar la violencia estatal, el deber del Estado dominicano es claro. Debe abstenerse de poner su territorio al servicio de operaciones de asesinato, y si ya lo ha hecho, debe cesar esa conducta, investigar sus implicaciones y asumir las consecuencias que el derecho internacional le impone. Aparte de los riesgos inherentes, la complicidad pone nuestra República en la mira de Maduro como “enemigo bélico”. Dado que tenemos una larga relación con Venezuela, ese asunto mejor se trata en un blog futuro.

~ C. Constantin Poindexter, M.A. en Inteligencia, Certificado de Posgrado en Contrainteligencia, J.D., certificación CISA/NCISS OSINT, Certificación DoD/DoS BFFOC

Bibliografía

  • Comisión de Derecho Internacional. 2001. Proyecto de artículos sobre la responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, con comentarios. Naciones Unidas.
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos. 1988. Caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C, núm. 4.
  • Corte Internacional de Justicia. 1986. Caso relativo a las actividades militares y paramilitares en y contra Nicaragua (Nicaragua c. Estados Unidos de América). Sentencia de 27 de junio de 1986.
  • Corte Penal Internacional. 1998. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. Documento A or CONF 183 or 9.
  • Naciones Unidas. 1945. Carta de las Naciones Unidas y Estatuto de la Corte Internacional de Justicia. San Francisco.
  • Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional. 2013. Policy Paper on Preliminary Examinations. La Haya, Corte Penal Internacional.
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Cibermilicias y la Lucha por la Primacía en el Espacio de Batalla Informativa

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Llegué a la madurez profesional en una comunidad de inteligencia que todavía concebía la línea de frente (“teatro principal de operaciones”) como un lugar al que uno podía acceder, cartografiar y asegurar. Ese mundo ha desaparecido. Hoy, adversarios no militares, organizados de manera laxa en cibermilicias de propagandistas, piratas informáticos patrióticos, emprendedores de la influencia y amplificadores remunerados o voluntarios disputan la iniciativa no con blindados ni artillería, sino colonizando la atención, deformando la percepción y acelerando la división social a gran escala. Nuestra doctrina ha comenzado a reconocer este cambio. En 2017, el Departamento de Defensa de los Estados Unidos elevó la información a función conjunta, formalizando lo que los operadores llevaban años observando. Reconocemos que las campañas modernas dependen de crear y explotar la ventaja informativa. La Estrategia de 2023 para Operaciones en el Entorno Informativo del Departamento de Defensa EEUU lo expone de manera explícita: la Fuerza Conjunta debe estar organizada, adiestrada y dotada de recursos para integrar efectos informativos junto con fuegos y maniobra (DoD, 2023).

Por cibermilicias entiendo a actores no uniformados, a veces dirigidos por el Estado, a menudo tolerados por él o subcontratados a la multitud, que combinan acciones cibernéticas con guerra narrativa en plataformas sociales. Reclutan y radicalizan, acosan en enjambres, hostigan y exponen datos personales, siembran falsificaciones digitales y teorías conspirativas, e inundan el espacio con memes emocionalmente persuasivos. Su mando y control suele ser plano e improvisado, su logística se basa en la nube y su ritmo operacional lo marcan los algoritmos de las plataformas y los ciclos informativos. Hemos visto efectos militares de tales formaciones en teatros diversos. La llamada Internet Research Agency (IRA) ejemplificó una milicia de influencia vinculada al Estado que escaló intentos de persuasión y movilización fuera de línea a través de plataformas sociales estadounidenses. Investigaciones rigurosas han matizado posteriormente las afirmaciones maximalistas sobre cambios medibles en actitudes, pero el hecho operacional permanece: los adversarios pueden alcanzar a millones de objetivos, a un coste marginal casi nulo, con narrativas adaptadas y sincronizadas con objetivos geopolíticos (Eady et al., 2023).

En el extremo opuesto, el IT Army of Ukraine constituye un caso de movilización cibernética defensiva: una formación voluntaria que ejecuta ataques DDoS, búsqueda de vulnerabilidades y operaciones psicológicas en paralelo con esfuerzos estatales. Esto ilustra tanto la potencia como las ambigüedades jurídicas y éticas que surgen cuando civiles se convierten en combatientes en el dominio informativo (Munk, 2025).

Las organizaciones terroristas comprendieron hace tiempo el poder de las redes sociales. El ISIS combinó la brutalidad en el campo de batalla con una maquinaria propagandística meticulosamente diseñada en línea, optimizada para reclutamiento, intimidación y fijación de agenda en múltiples lenguas y plataformas. Análisis revisados por pares detallan cómo ISIS explotó las funcionalidades de las plataformas para mantener su alcance incluso cuando se eliminaban cuentas (Done, 2022). El actual aluvión de proclamaciones de victorias en el teatro de guerra palestinas es igualmente ilustrativo.

Por qué las Redes Sociales Pueden Rivalizar con la Fuerza Física

La respuesta sencilla es la escala y la velocidad. La propaganda computacional aprovecha la automatización, la amplificación y la microsegmentación para saturar los canales informativos más rápido de lo que la verificación de hechos o el debate pueden alcanzar. Revisión sistemática tras revisión sistemática enmarcan esto como un ecosistema sociotécnico en evolución más que como una táctica puntual (Bradshaw y Howard, 2019).

La asimetría es un segundo factor crucial. Los bots y las conductas inauténticas coordinadas otorgan a pequeños operadores una influencia desproporcionada, especialmente en los primeros minutos del ciclo de vida de una narrativa, cuando las señales de interacción iniciales pueden inclinar los sistemas de clasificación de las plataformas. Estudios demuestran que las cuentas automatizadas amplifican de forma desproporcionada contenido de baja credibilidad en esas fases críticas (Shao et al., 2018).

Los efectos sobre el terreno humano deben contemplarse. Incluso cuando la persuasión directa es modesta, los daños en zonas de conflicto son muy reales. Doxing, estigmatización, desplazamiento y profanación cultural se han vinculado a la incitación en línea durante conflictos armados. No se trata únicamente de charlas en Internet, es preparación operacional del entorno con consecuencias humanas (Ulbricht, 2024).

La integración con operaciones cinéticas constituye además un ingrediente imperativo. En Ucrania, las fuerzas rusas combinaron sistemas físicos, como el Orlan-10/Leer-3, con campañas masivas de mensajes de texto y redes sociales para inducir pánico y erosionar la cohesión. Esto recuerda que los fuegos informativos pueden acotar el espacio de batalla tan eficazmente como la artillería (GAO, 2022).

La maniobra memética es la última consideración. En los conflictos contemporáneos, las narrativas basadas en memes no son meras efímeras: constituyen maniobra en el dominio cognitivo. Estudios recientes sobre la guerra memética en el contexto Rusia-Ucrania sostienen que estos artefactos estructuran la atención, codifican marcos complejos y aceleran el reclutamiento hacia la propaganda participativa a gran escala (Prier, 2017).

Una Nota sobre la Evidencia y la Prudencia

La honestidad intelectual más rigurosa debe estar en primer plano. Un estudio en Nature Communications que vinculó datos de Twitter en Estados Unidos con encuestas no halló cambios estadísticamente significativos en actitudes o elección de voto atribuibles a la exposición a la IRA en 2016. Sin embargo, no debemos ignorar esto ni sobregeneralizar. El estudio no absuelve a las campañas adversarias, refina nuestra teoría del efecto. Muchas operaciones buscan el control de la agenda, la polarización, la intimidación y la distracción en tiempo objetivo más que el mero cambio de voto. En la guerra, incluso variaciones pequeñas en la participación, la percepción del riesgo o la moral de la unidad pueden ser decisivas (Eady et al., 2023).

El Imperativo: Tratar la Propaganda Adversaria como un Objetivo de Campaña

La OTAN enmarca ahora la guerra cognitiva como un desafío interdominios. La mente humana es terreno disputado donde los actores buscan modificar percepciones y conductas (Claverie du Cluzel et al., 2021). No es retórica inflamatoria, es realidad operacional en todo teatro que he observado. Nuestra respuesta debe abandonar la era de refutaciones improvisadas y avanzar hacia operaciones integradas en el entorno informativo con objetivos, autoridades y métricas explícitas de desempeño y efecto.

Qué Deben Hacer la Inteligencia y los Combatientes

  1. Construir un panorama de inteligencia fusionada del campo de batalla narrativo.
  2. Normalizar el entorno informativo junto con fuegos y maniobra.
  3. Disputar la iniciativa mediante prebunking y resiliencia, no solo eliminando contenidos.
  4. Imponer fricción a las cibermilicias hostiles.
  5. Clarificar autoridades y alinear con el derecho de los conflictos armados.
  6. Entrenar para el dominio cognitivo.
  7. Medir lo que importa, evitando indicadores de pura vanidad.

Conclusión Estratégica

En la guerra convencional, la ventaja es acumulativa. En la guerra informativa, es compuesta. El bando que penetra el ciclo de decisión del adversario establece el marco para todo lo que sigue. Nuestros adversarios ya juegan ese juego. Despliegan cibermilicias que operan a velocidad de máquina pero hablan en idioma humano, explotando incentivos de plataforma y sesgos cognitivos tan antiguos como la persuasión y tan novedosos como la inteligencia artificial generativa.

Como profesionales de inteligencia y combatientes, nuestra misión no es simplemente refutar mentiras una vez consumado el daño, sino negar la iniciativa adversaria en el entorno informativo, mapear y anticipar sus campañas, fortalecer nuestras poblaciones e integrar los efectos narrativos con la maniobra. Hacerlo bajo el imperio de la ley y con responsabilidad democrática será un reto. La Comunidad de Inteligencia y las fuerzas armadas no ignoran esta realidad: la Fuerza Conjunta ya reconoce la información como función central. Pero la doctrina sin recursos ni práctica es solo papel. Debemos construir los equipos, autoridades y hábitos para luchar y prevalecer allí donde ahora habita la gente, en sus feeds y chats, tanto como en el espacio físico. Si fracasamos, cederemos el terreno decisivo del conflicto moderno a adversarios no militares que comprenden que la primacía ya no se mide únicamente en metros conquistados, sino en mentes retenidas.

Una recomendación crucial es que la contrainteligencia está particularmente bien adaptada a esta misión. El oficio de la contrainteligencia, históricamente dedicado a identificar, engañar y neutralizar operaciones de influencia hostil, se traduce directamente a la lucha contra las cibermilicias. Los operadores de contrainteligencia aportan pericia en atribución adversaria, operaciones de doble agente, detección de desinformación y manipulación de redes clandestinas. Estas son exactamente las habilidades necesarias para desenmascarar conductas inauténticas coordinadas en línea. Estoy convencido de que integrar la contrainteligencia en la guerra informativa ofrece ventajas singulares, al combinar análisis técnico de señales con validación de fuentes humanas y la capacidad de explotar, interrumpir o cooptar operaciones adversarias de influencia de un modo que supera la mera moderación de contenidos (Hunker, 2010; Rid, 2020). Dejar las cibermilicias únicamente en manos de la diplomacia pública o de la autorregulación de plataformas equivale a luchar con un brazo atado. Incorporar la contrainteligencia en el núcleo de nuestras campañas informativas asegura que Estados Unidos no solo pueda defenderse de la propaganda adversaria, sino también disputar y desmantelar activamente las redes que la impulsan.

~ C. Constantin Poindexter, M.A. en Inteligencia, Certificado de Posgrado en Contrainteligencia, J.D., certificación CISA/NCISS OSINT, Certificación DoD/DoS BFFOC

Referencias

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